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El DNI electrónico

Qué añade el chip al DNI de toda la vida, desde qué edad es obligatorio, cuánto dura la tarjeta según la edad del titular y cuánto duran sus certificados tras el Real Decreto 255/2025.

Qué es el DNI electrónico

El DNI electrónico está regulado hoy por el Real Decreto 255/2025. No es un documento distinto del DNI: es el DNI que, además de identificar a su titular en el mundo físico, acredita electrónicamente su identidad personal y permite la firma electrónica de documentos.

Su valor jurídico es singular: es el único documento con valor suficiente por sí solo para acreditar la identidad y los datos personales de su titular. Cualquier otro medio necesita apoyarse en algo más.

Dicho de otra forma, el DNIe es el instrumento que traslada al mundo digital las mismas certezas con las que operamos cada día en el mundo físico, y esas certezas son dos.

  • Acreditar electrónicamente y de forma indubitada la identidad de la persona.
  • Firmar digitalmente documentos electrónicos, otorgándoles una validez jurídica equivalente a la que les proporciona la firma manuscrita.

Para el examen

  • Norma vigente: Real Decreto 255/2025

  • Su singularidad: único documento con valor suficiente POR SÍ SOLO para acreditar la identidad de su titular

  • Quién lo expide: la Dirección General de la Policía

Para quién es obligatorio

La obligatoriedad se articula en dos supuestos, y el segundo es el que se pregunta, porque incorpora un plazo que hay que retener.

  • Los mayores de 14 años residentes en España.
  • Los mayores de 14 años que residan en el extranjero y se trasladen a España por tiempo no inferior a seis meses.

Que sea obligatorio a partir de los 14 no significa que antes no pueda expedirse: puede solicitarse a cualquier edad, y por eso existe un plazo de validez específico para los menores de cinco años.

14 años para la obligatoriedad, y seis meses de estancia mínima en el caso de los residentes en el extranjero.

Para el examen

  • Edad de obligatoriedad: 14 años

  • Residentes en el extranjero: obligatorio al trasladarse a España por 6 meses o más

La vida útil de la tarjeta

La validez de la tarjeta soporte no es fija: depende de la edad que tenga el titular en el momento de solicitarla. La lógica es que la cara cambia mucho de niño y poco de mayor, así que cuanto más joven es el titular, más corto es el plazo.

Edad del titularValidez
No ha cumplido los 5 años2 años
Entre 5 y 29 años5 años
Ha cumplido los 30 y no ha alcanzado los 7010 años
Ha cumplido los 70 añosMás de 10 años, consignando una fecha

A esos cuatro tramos se añade un supuesto excepcional: la validez es de un año cuando no se puedan tomar las impresiones dactilares, o cuando el solicitante, por causas ajenas, no pueda presentar cierta documentación necesaria.

2, 5 y 10 años según la edad, más el caso excepcional de 1 año. La frontera de los 30 y la de los 70 son las que más se confunden.

Para el examen

  • Menores de 5 años: 2 años de validez

  • De 5 a 29 años: 5 años

  • De 30 a 69 años: 10 años

  • Desde los 70 años: permanente

  • Validez excepcional de 1 año: sin impresiones dactilares o sin cierta documentación por causas ajenas

La validez de los certificados del DNIe

La tarjeta es una cosa y los certificados electrónicos que lleva dentro son otra, y no duran lo mismo. Un DNI con diez años de validez no lleva certificados válidos durante diez años.

Hasta el Real Decreto 255/2025, los certificados electrónicos del DNIe tenían un período de vigencia máxima de cinco años, pero esa validez estaba limitada en la práctica a veinticuatro meses para cumplir con el Esquema Nacional de Seguridad. El nuevo Real Decreto 255/2025 ya indica directamente que el plazo de validez será de dos años.

Antes: cinco años teóricos recortados a 24 meses por el ENS. Ahora, con el RD 255/2025: dos años, y así lo dice la norma.

Para el examen

  • Validez de los certificados del DNIe: 2 años

  • Trampa clásica: la tarjeta y sus certificados NO duran lo mismo