Saltar al contenido

La Ley de Transparencia

Las tres cosas que persigue la ley, la larga lista de sujetos a los que alcanza (incluidos partidos y entidades privadas subvencionadas) y los tres principios técnicos de la información publicada.

Las tres finalidades de la ley

La norma es la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Su propio título enumera ya sus tres piezas, y esa es la mejor forma de recordar de qué trata.

El objeto de la ley se declara en tres puntos, y cada uno responde a una necesidad distinta.

  • Ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, es decir, de las instituciones y los servicios públicos.
  • Regular y garantizar el derecho de acceso a la información de la actividad pública.
  • Establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos, y las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

Las dos primeras finalidades son las dos caras de una misma moneda: la Administración publica por iniciativa propia (transparencia) y además responde cuando alguien le pregunta (derecho de acceso). La tercera cambia de destinatario: ya no mira a la información, sino a la conducta de quien manda.

Para el examen

  • Norma: Ley 19/2013, de 9 de diciembre

  • Sus tres finalidades: transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

  • Estructura: las tres piezas están en el propio título de la ley

A quién obliga: el sector público

La ley no se conforma con las Administraciones territoriales: persigue el dinero y la función pública allí donde estén, incluso cuando quien los gestiona tiene forma de sociedad o de fundación.

  • Las Administraciones públicas: la Administración General del Estado, las de las comunidades autónomas y las de las entidades locales.
  • Las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social y sus entidades colaboradoras.
  • Los organismos autónomos, las agencias estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de derecho público con funciones de regulación o supervisión.
  • Las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de una Administración Pública, y las Universidades públicas.
  • Las corporaciones de derecho público.
  • La Casa de su Majestad el Rey, el Congreso de los Diputados, el Senado, el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial, además del Banco de España, el Consejo de Estado, el Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas, el Consejo Económico y Social y las instituciones autonómicas análogas.
  • Las sociedades mercantiles con participación pública superior al 50 %.
  • Las fundaciones del sector público.
  • Las asociaciones constituidas por esas Administraciones, organismos y entidades.

En las sociedades mercantiles el umbral es una participación pública superior al 50 %: si es del 50 % justo, no entran por esta vía.

Para el examen

  • Órganos constitucionales incluidos: Casa del Rey, Congreso, Senado, Tribunal Constitucional, CGPJ, Banco de España, Consejo de Estado, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas

  • Sociedades mercantiles: solo con participación pública superior al 50 %

  • Fundaciones del sector público: incluidas

Partidos, sindicatos y entidades privadas subvencionadas

La ley da un paso más y alcanza a sujetos que no son sector público, pero que cumplen funciones de interés general o viven en buena medida de fondos públicos: los partidos políticos, las organizaciones sindicales y las organizaciones empresariales.

Con las entidades privadas el criterio ya no es quién son, sino cuánto dinero público reciben, y por eso se fijan umbrales concretos. Basta con superar cualquiera de los dos.

CriterioUmbral
Por importe recibido en un añoAyudas o subvenciones públicas superiores a 100.000 euros
Por peso en sus ingresosQue al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales sean ayudas o subvenciones públicas, con un mínimo de 5.000 euros

El segundo criterio existe para no dejar fuera a las entidades pequeñas: una asociación que maneja poco dinero nunca llegaría a los 100.000 euros, pero puede depender casi por completo de la subvención que recibe, y entonces también debe rendir cuentas.

Para el examen

  • Partidos, sindicatos y organizaciones empresariales: obligados por sí mismos, sin umbral económico

  • Entidades privadas por importe: más de 100.000 euros al año en ayudas o subvenciones

  • Entidades privadas por porcentaje: el 40 % de sus ingresos anuales, con un mínimo de 5.000 euros

Quien presta servicios públicos y quien contrata con el sector público

El ámbito se cierra con dos grupos más, esta vez definidos por lo que hacen y no por lo que son: las personas físicas y jurídicas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas, y los adjudicatarios de contratos del sector público.

La idea de fondo es sencilla: externalizar un servicio no lo saca del control público. Una empresa que gestiona una residencia municipal o el mantenimiento de un hospital sigue estando dentro del alcance de la ley por lo que hace con dinero y competencias públicas.

Para el examen

  • Quién más queda sujeto: quien presta servicios públicos, ejerce potestades administrativas o es adjudicatario de contratos públicos

  • Cómo se les exige: a través de la Administración a la que estén vinculados

Los tres principios técnicos

Publicar no basta si lo publicado no se puede encontrar, cruzar ni reaprovechar. Por eso la ley impone tres principios técnicos a la información que se pone a disposición del público.

PrincipioQué exige
AccesibilidadQue la información se pueda encontrar y consultar
InteroperabilidadQue los sistemas puedan entenderse entre sí e intercambiar la información
ReutilizaciónQue la información se pueda volver a usar para otros fines

Accesibilidad, interoperabilidad y reutilización: tres, y en ese orden.

Para el examen

  • Los tres principios de la publicidad activa: accesibilidad, interoperabilidad y reutilización

  • Sede de la publicación: el Portal de la Transparencia