El TREBEP y su ámbito
Qué norma regula al empleado público, a qué Administraciones alcanza, qué colectivos tienen reglas propias y qué significa que el Estatuto sea supletorio.
Qué es el TREBEP y a quién se aplica
El Estatuto Básico del Empleado Público, que todo el mundo llama TREBEP, es la norma que fija las reglas comunes de quien trabaja para una Administración Pública: cómo se entra, qué derechos y deberes se tienen, qué situaciones administrativas existen y qué pasa cuando se incumple.
Su texto vigente es el aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. Que sea un real decreto legislativo, y no una ley, tiene una explicación: es un texto refundido, es decir, la reunión en un solo cuerpo de normas que ya existían dispersas.
Su ámbito no es uniforme para todo el mundo, y ahí está el matiz que se pregunta. Se aplica al personal funcionario y, solo en lo que proceda, al personal laboral. Es decir, al laboral le alcanza en aquello que el propio Estatuto declare aplicable, no en bloque.
Al personal funcionario se le aplica entero; al personal laboral, «en lo que proceda».
Para el examen
Norma: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
Tipo de norma: texto refundido, no una ley nueva
Al funcionario: se le aplica entero
Al personal laboral: solo en lo que proceda, junto al Estatuto de los Trabajadores
Las Administraciones y entidades incluidas
La lista de sujetos a los que alcanza el Estatuto recorre los tres niveles territoriales y baja después al sector público instrumental, ese conjunto de organismos y entidades que dependen de una Administración sin ser ella misma.
- La Administración General del Estado.
- Las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
- Las Administraciones de las entidades locales.
- Los organismos públicos, agencias y demás entidades dependientes de cualquiera de las Administraciones Públicas.
- Las Universidades Públicas.
Conviene fijarse en dos detalles de esa lista. Ceuta y Melilla aparecen junto a las comunidades autónomas, no junto a las entidades locales, porque son ciudades con estatuto de autonomía. Y las Universidades Públicas figuran con nombre propio, en un apartado aparte, en lugar de quedar absorbidas por el sector público de cada comunidad.
Para el examen
Ámbito territorial: Estado, comunidades autónomas con Ceuta y Melilla, y entidades locales
Entidades instrumentales: organismos públicos, agencias y entidades de derecho público dependientes
Mención expresa: las Universidades Públicas
Investigadores, docentes y personal estatutario
Hay colectivos cuyo trabajo no se parece al de una oficina administrativa, y el Estatuto lo reconoce de dos maneras distintas que no hay que confundir.
| Colectivo | Cómo se le trata |
|---|---|
| Personal investigador | Se le aplica el TREBEP, pero se pueden dictar normas singulares para adecuarlo a sus peculiaridades |
| Personal docente y personal estatutario de los Servicios de Salud | Se rigen por la legislación específica dictada por el Estado y por las comunidades autónomas |
La diferencia es de grado: al investigador se le adapta la norma común, mientras que el docente y el sanitario tienen legislación propia. Un médico de la sanidad pública es personal estatutario, y su relación no se rige por el TREBEP igual que la de un funcionario de un ministerio.
Para el examen
Docentes y personal estatutario de los Servicios de Salud: se rigen por su legislación específica
Personal investigador: TREBEP con normas singulares de adaptación
El carácter supletorio del Estatuto
El Estatuto cierra su ámbito con una cláusula que evita los huecos: tiene carácter supletorio para todo el personal de las Administraciones Públicas no incluido en su ámbito de aplicación.
Supletorio significa que se aplica en segundo lugar, cuando la norma propia de ese colectivo no resuelve la cuestión. No desplaza a la legislación específica, la completa. Así ningún empleado público se queda sin regla aplicable por muy particular que sea su régimen.
Estar fuera del ámbito del TREBEP no significa quedar al margen de él: sigue actuando como norma de cierre.
Para el examen
Regla de cierre: el TREBEP es supletorio para el personal de las Administraciones no incluido en su ámbito
Qué significa supletorio: se aplica solo en lo que su normativa específica no regule