El Título Preliminar
Los nueve primeros artículos definen qué tipo de Estado es España antes de entrar en el detalle de derechos o instituciones.
El mapa del Título Preliminar
El Título Preliminar son los nueve primeros artículos, y contestan a una pregunta previa a todo lo demás: qué clase de Estado es España. No reconocen todavía ningún derecho ni crean ninguna institución; eso empieza en el Título I. Agrupados por lo que responden, se retienen mucho mejor que en fila.
Título Preliminar · artículos 1 a 9
Qué Estado es · artículo 1
- 1.1 social y democrático de Derecho, con sus cuatro valores superiores
- 1.2 la soberanía nacional reside en el pueblo español
- 1.3 la forma política es la Monarquía parlamentaria
Cómo se organiza el territorio · artículo 2
- Unidad de la Nación, derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones, y solidaridad entre ellas
Señas de identidad · artículos 3, 4 y 5
- 3 el castellano y las demás lenguas españolas
- 4 la bandera
- 5 la capital: la villa de Madrid
Quién participa en la vida pública · artículos 6, 7 y 8
- 6 partidos políticos
- 7 sindicatos y asociaciones empresariales
- 8 Fuerzas Armadas
Con qué garantías · artículo 9
- 9.1 ciudadanos y poderes públicos sujetos a la Constitución
- 9.2 promover la libertad y la igualdad reales y efectivas
- 9.3 los seis principios: legalidad, jerarquía, publicidad, irretroactividad, seguridad jurídica y responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad
Los tres primeros artículos son los que más caen, y el 9.3 es el que más se pregunta de memoria. El 4 y el 5 son de respuesta directa: bandera y capital.
Para el examen
Cuántos artículos: nueve, del 1 al 9
Estado, soberanía y forma política: los tres apartados del artículo 1, en ese orden
Quién participa en la vida pública: partidos (6), sindicatos (7) y Fuerzas Armadas (8), en ese orden
Unidad y autonomía: unidad de la Nación, autonomía de nacionalidades y regiones, y solidaridad entre ellas
Los símbolos y la lengua: castellano, bandera y capital, en ese orden
Lo que NO hay aquí: ningún derecho fundamental: eso empieza en el Título I
Soberanía nacional y forma política del Estado
El artículo 1.2 dice literalmente: «La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado». Es el pueblo, no el Rey ni las instituciones, quien es titular último del poder. El artículo 1.3 fija la forma política del Estado: la Monarquía parlamentaria. La palabra clave es «parlamentaria»: significa que el Rey reina pero no gobierna. El poder ejecutivo real recae en un Gobierno que responde ante el Parlamento, no ante la Corona, que es justo lo que distingue una monarquía parlamentaria de una monarquía absoluta.
Para el examen
Soberanía nacional: reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado
Forma política del Estado: la Monarquía parlamentaria
Símbolos e identidad del Estado
El castellano es la lengua española oficial del Estado (artículo 3). Aquí hay un matiz que suele preguntarse: todos los españoles tienen el deber de conocerla, pero el derecho a usarla. Es la única lengua del Estado que es a la vez obligación y derecho; las demás lenguas españolas son oficiales en sus respectivas comunidades autónomas, de acuerdo con sus Estatutos, pero solo son derecho, nunca deber. La capital del Estado es la villa de Madrid (artículo 5).
El castellano es la única lengua de España que es a la vez un deber (conocerla) y un derecho (usarla). Las demás lenguas cooficiales solo son derecho.
Para el examen
Castellano: único con deber de conocerlo y derecho a usarlo
Demás lenguas españolas: cooficiales en sus comunidades según sus Estatutos
Bandera: tres franjas horizontales: roja, amarilla y roja; la amarilla, de doble anchura
Capital: la villa de Madrid
Partidos, sindicatos y Fuerzas Armadas
El Título Preliminar también da entrada constitucional a los actores que, en un régimen anterior, no tenían reconocimiento legal. Los partidos políticos expresan el pluralismo político (artículo 6). Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales defienden y promueven sus intereses (artículo 7). Y las Fuerzas Armadas, compuestas por Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire, tienen encomendada la misión de garantizar la soberanía e independencia de España y defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional (artículo 8): es decir, están para defender la Constitución, no una ideología ni un partido.
Para el examen
Partidos políticos: expresan el pluralismo político y concurren a formar la voluntad popular; creación y actividad libres, y estructura y funcionamiento democráticos
Sindicatos y asociaciones empresariales: defienden y promueven sus intereses económicos y sociales, con las mismas exigencias de libertad y democracia interna que los partidos
Fuerzas Armadas: Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire
Misión de las Fuerzas Armadas: soberanía e independencia, integridad territorial y ordenamiento constitucional
El artículo 9: los principios de seguridad jurídica
El artículo 9.3 es una lista de garantías que protegen al ciudadano frente al propio Estado. Se preguntan a menudo por separado, así que conviene tenerlas claras una a una, con qué significa cada una en la práctica.
| Principio | Qué garantiza |
|---|---|
| Legalidad | Ciudadanos y poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento. |
| Jerarquía normativa | Una norma inferior no puede contradecir a una superior (un reglamento no puede saltarse una ley). |
| Publicidad de las normas | Toda norma debe publicarse en un boletín oficial (BOE, boletín autonómico o DOUE) para poder exigirse su cumplimiento. |
| Irretroactividad | Una norma sancionadora más desfavorable no puede aplicarse a hechos anteriores a su entrada en vigor. |
| Seguridad jurídica | Cualquiera tiene que poder saber con certeza qué normas rigen su situación en cada momento. |
| Responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad | Los poderes públicos responden de sus actos y no pueden actuar de forma caprichosa o injustificada. |
Para el examen
Los seis principios garantizados: legalidad, jerarquía normativa, publicidad de las normas, irretroactividad, seguridad jurídica y responsabilidad e interdicción de la arbitrariedad
Alcance de la irretroactividad: solo disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales
Igualdad real y efectiva: promover las condiciones para que la libertad y la igualdad sean reales y efectivas